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Dudas frecuentes de los nuevos autónomos

¿Te estás planteado si darte de alta como autónomo pero las dudas se te acumulan? ¿Quieres saber cuánto tendrás que pagar al mes, cómo tendrás que tributar o qué pasa si en estos momentos estás cobrando la prestación de desempleo? Entonces este artículo seguro que te interesa porque les hemos preguntado a nuestros amigos de la asesoría online Emprendeon aquellas dudas más frecuentes de quienes se plantean convertirse en autónomos.

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1) ¿Cuánto tiempo se tarda en dar de alta a una persona en el régimen de autónomos?

El tiempo dependerá de la persona que realice el trámite. En Emprendeon, desde el momento que el cliente nos facilita toda la documentación, lo tramitamos en 24 horas.

2) Si estoy cobrando el paro y me doy de alta, ¿dejo de cobrarlo?

Si cuando decidas darte de alta estás cobrando el paro, existen varias formas de proceder:

  1. Solicitar el pago único, es decir, antes de darte de alta, deberás solicitar cobrar en un solo pago el dinero de la prestación por desempleo pendiente de percibir. Existen diferentes modalidades de pago único.
  2. Podrás compatibilizar el alta como autónomo con el cobro de la prestación por desempleo, por un periodo máximo de 9 meses. Ello se deberá solicitar en los quince días posteriores al alta.
  3. No hacer nada, darse de alta y dejar de cobrar el paro y si el negocio no funciona, siempre podrás volver a cobrar el desempleo, siempre y cuando no hayan pasado más de 5 años de la fecha del alta.

3) ¿Qué obligaciones tendré cómo autónomo?

Un autónomo tiene obligaciones con la Seguridad Social y con Hacienda, las cuales se tendrán que cumplir obligatoriamente.

Además, dependiendo de las características de la actividad, pueden existir obligaciones con otros organismos.

4) ¿A cuánto asciende la cuota mensual de autónomo?

La cuota mensual de autónomos para este año 2016, es de 267,03 euros. Pero podrás optar a la siguiente bonificación, siempre y cuando no hayas estado dado de alta como autónomo en los últimos cinco años, y entonces la cuota será:

  • Durante los primeros 6 meses: 50 € exactos.
  • Durante los 6 meses siguientes: 134,06 € aproximadamente (se reduce la cuota en un 50%)
  • Durante los 6 meses siguientes: 186,25 € aproximadamente (se reduce la cuota en un 30%). Esta bonificación en lugar de 6 meses durará un año y medio en el caso de mujeres menores de 35 años y hombres menores de 30 años.

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5) ¿Qué sistemas de tributación tendré?

Los autónomos pueden tributar o por estimación directa o por estimación objetiva (módulos). Ello dependerá de las características de la actividad, las cuales determinarán el epígrafe IAE.

6) ¿Cómo puedo saber con qué sistema tengo que tributar?

Las actividades que tributan en módulos vienen recogidas en una norma y adoptan este sistema por defecto.  Por lo tanto, lo primero que habrá que tener en cuenta es si nuestra actividad está incluida en dicha norma.

En el caso de que sí que esté pero que después de haberlo estudiado nos sea más ventajoso tributar por estimación directa, se puede renunciar a módulos.  Dicha elección es trascendente, ya que el autónomo no podrá cambiarse de nuevo hasta que pasen tres años.

7) ¿En qué se diferencia la estimación objetiva y la estimación directa?

  • Estimación objetiva (módulos): Es el régimen más simple de tributación. El cálculo de los beneficios se realiza mediante una serie de indicadores relacionados con los medios de producción y la supuesta rentabilidad (metros cuadrados del local, consumo eléctrico, personal asalariado, metros de barra en caso de un bar…). No se determina el beneficio real sino una estimación del mismo. De este modo, al inicio del año ya se sabe con certeza qué rendimiento se va a declarar y qué impuestos se van a pagar.
  • Estimación directa: Se pagan los impuestos según los rendimientos reales que se obtengan a lo largo del año y no en función de ningún elemento de la actividad. Para ello, se determinará el volumen total de ingresos y se descontarán los gastos deducibles, obteniendo un beneficio o pérdida según el caso y aplicando a esa cantidad el tipo impositivo.

8) ¿Los autónomos tienen derecho a paro?

Para poder acogerse al paro, el autónomo deberá de haber cotizado por el cese de actividad, y además el motivo por el que el autónomo finaliza su actividad debe de ser económico, técnico, productivo u organizativo, pérdida de licencia, siempre que no sea por infracción penal, causa de fuerza mayor, violencia de género, divorcio o separación matrimonial y debe de ser justificado.

9) ¿Qué datos debe contener una factura?

  • La denominación expresa de FACTURA.
  • Los datos tanto del emisor, como del remitente. Nombre, apellidos, dirección, DNI o CIF, teléfono, etc.
  • La fecha de emisión de la factura. Deberán de seguir un orden cronológico.
  • El número de factura. Es muy importante que cada factura tenga su número, que además deberá ser correlativo de la serie de factura. La primera factura emitida del ejercicio fiscal, deberá ser la número 1.
  • El concepto. El motivo por el cual se expide la factura.
  • La base imponible, el IVA, la retención y el importe total.
  • La forma de pago, en efectivo, mediante domiciliación bancaria, etc.

10) ¿Qué tipo de retención deberán aplicarme si estoy dado de alta como profesional?

Por regla general, te retendrán un 15%, pero podrás aplicar el 7%  durante el año en el que se produce el alta y en los dos ejercicios siguientes.

11) ¿Tengo que presentar algún impuesto adicional si el local en el que ejerzo mi actividad es arrendado?

La respuesta es sí, ya que le deberás de retener al arrendador el 19% de la base imponible en cada factura, y esa cantidad retenida la deberás ingresar a Hacienda trimestralmente mediante la presentación del modelo 115.

Por ejemplo, en un alquiler con una base imponible de 500 euros, en la factura se detallará:

Base imponible: 500€

IVA: 105€

Retención: -95€

Total a pagar: 500+105-95=510€

Modelo 115, trimestral: 95*3= 285€ cantidad a ingresar a Hacienda

¿Hemos conseguido aclararte tus principales dudas? Si tienes alguna duda más que no hayamos abordado, te invitamos a plantearla en los comentarios y nuestros amigos de Emprendeon estarán encantados de responderte.

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1 Comentario

  1. LUIS PORRAS MARTIN

    EL DIA 3 DE OCTUBRE DE 2O22 ME INSCRIBI COMO AUTONOMO. TRABJO AL QUE ESTOY COMO AUTONOMO ES DE HA REGLO DETAFONOS DE TARJETAS QUE HAY EN LOS COMERCIOS.¿AQUE EPIGRAFE CORRESPONDE?

    Responder

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